Con relación a los procesos sancionatorios que el Congreso del Estado lleva a cabo contra José Ramón Enríquez Herrera, en su calidad de Presidente Municipal de Durango, Durango, informo lo siguiente:
Con 20 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, el Congreso del Estado acordó iniciar el tercer proceso sancionador a través de la Comisión de Responsabilidades, contra del presidente municipal, José Ramón Enríquez Herrera por haber infringido en forma reiterada los principios de legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia que deben observar los servidores públicos en su desempeño.
De esta manera, el Pleno del Congreso aprobó dar inicio al procedimiento de destitución e inhabilitación del presidente municipal José Ramón Enríquez Herrera. Lo anterior, en virtud a las facultades que otorga el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El dictamen votado por el Pleno del Congreso regresa a la Comisión de Responsabilidades, para que esta a su vez emplace al Ayuntamiento y al servidor público en cuestión. Concluido el proceso antes mencionado, se abre el juicio político por hasta 30 días naturales.
Lo anterior, derivado de la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la sentencia 76/2018.
En este sentido, el Tribunal Electoral determina la violación al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando que, en los actos atribuidos, materializan la inobservancia a la prohibición de divulgar propaganda gubernamental con fines de promoción personalizada por parte del Presidente Municipal.
Además, se apercibe a Enríquez Herrera a no incidir nuevamente en las conductas que dieron origen a la presente sanción, pues su reincidencia dará curso a procedimientos de responsabilidad que castiguen en grado severo su reiteración.
Es importante puntualizar que no es el Congreso del Estado de Durango, ni los legisladores, quienes juzgan; ha sido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la instancia que determinó que el funcionario en cuestión incurrió en una infracción, por lo que dio vista a este Congreso para determinar y aplicar las sanciones que correspondan.
Atentamente,
Lic. Manuel Rosales Domínguez
SECRETARIO DE SERVICIOS JURÍDICOS
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE DURANGO