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Hoy es: 

TARJETA INFORMATIVA Tema:  Se tiene que garantizar derecho de igualdad en impartición de justicia


Diputado: José Rocha Medina

Iniciativa: Reformas al Código de Procedimientos Civiles para el Estado

Objetivo:

  • Que, en los juicios seguidos ante la autoridad jurisdiccional en materia civil del Estado, en donde intervenga una persona con alguna “diversidad funcional intelectual o discapacidad” que le impida el conocimiento del alcance legal de las resoluciones, la sentencia que se dicte en dicho juicio deberá redactarse bajo un formato de lectura fácil a fin de que esa persona conozca y entienda la trascendencia legal de la misma.

Ampliación de Motivos:

  • Para garantizar a las personas con discapacidad el derecho humano de acceso a la justicia en condiciones de igualdad, el Estado debe procurar que se lleven a cabo todas las medidas necesarias para que puedan participar en los procedimientos en igualdad de condiciones.

  • Por otro lado, el término “diversidad funcional” es una distinción alternativa al de discapacidad, mismo que puede reemplazar como sinónimo y que ha comenzado a utilizarse por iniciativa de diversos sectores, entre los que se encuentran algunas de las personas afectadas y la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, como ya lo pudimos observar.

  • La concepción de la igualdad como garantía genérica del orden normativo nacional e internacional, es esencial para la salvaguardia de los derechos humanos y se traduce en una amplia obligación a cargo del Estado para asegurar el libre y pleno ejercicio de dichos derechos.

  • Como parte de los derechos con que cuentan las personas con discapacidad se encuentran los que se contemplan para, su particular situación, en el acceso a la impartición de justicia en condiciones de igualdad.

  • La Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que a fin de promover la igualdad y eliminar la discriminación, los Estados adoptarán las medidas para asegurar la realización de ajustes razonables; además de obligar a que también se adopten las medidas adecuadas para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.

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