Diputado: Octavio Fernández
Iniciativa: Reformas a la Constitución Política del Estado
Objetivo:
Establecer la obligatoriedad que toda autoridad jurisdiccional le conceda prioridad a la solución del conflicto sometido a su jurisdicción sobre los formalismos procesales, siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos.
Ampliación de Motivos:
Por ello, resulta totalmente propicio y atingente, la presente iniciativa misma que propone incluir en nuestra Constitución Local la redacción que se menciona, para armonizarla con la Federal y de esa manera elevar a rango Constitucional.
Los ciudadanos tenemos diversas garantías individuales y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dentro de los cuales se encuentra el derecho a la administración de justicia efectiva, pronta y expedita.
Además de contar con el beneficio de no ser privados de la libertad, de propiedades, posesiones o derechos, solo que fuere mediante juicio seguido ante los tribunales competentes, cuya actuación está regida por el principio de legalidad y la prohibición de dar efecto retroactivo al alguna ley en perjuicio de alguien, entre otras.
Hablando de las formalidades procesales, su razón de ser y objetivo son el otorgar la certeza jurídica a los particulares que, como parte de un procedimiento judicial, participan directamente en este y dicho procedimiento les atañe de manera directa e irremediable.
Las formalidades procesales se traducen en el deber de los juzgadores de aplicar leyes de carácter general, además de ser abstractas e impersonales; que no dejen de tener objeto ni desaparezcan al momento de su aplicación en un caso determinado y se utilicen igualmente a las hipótesis previstas.
Por otro lado, debido a la existencia del texto constitucional que precisa que en los juicios que tengan por objeto el privar a alguien de su libertad, de sus posesiones, propiedades o de sus derechos se deben cumplir las formalidades esenciales del procedimiento, se está en presencia de una disposición que de manera explícita determina la forma en que se debe realizar todo proceso judicial.